Fiscalidad
Información Legal
Los traspasos de saldo de un fondo a otro no están sujetos a tributación.
Según la legislación vigente, los rendimientos obtenidos por los fondos de inversión no tributan hasta que no se produce el reembolso de participaciones, teniendo la consideración de ganancia o pérdida patrimonial y estando sometidos a una retención del 19%.
A efectos del IRPF, se integrarán en la base imponible del ahorro y tributarán según la siguiente escala:
- Hasta 6.000 €, el 19%.
- Entre 6.000,01 € y 50.000 €, el 21%.
- A partir de 50.000,01 €, el 23%.
* Para personas físicas residentes en España, según la legislación fiscal vigente en 2017.