Información sobre comisiones en cajeros
Antecedentes
La normativa RDL 11/2015, de 2 de octubre, regula las comisiones de reintegro en cajeros en el ámbito nacional. En ella se indica que las entidades propietarias de cajeros podrán cobrar a la entidad emisora de la tarjeta una comisión, que en general será repercutida a los clientes usuarios de los cajeros.
En este sentido, para la operativa a débito, las entidades emisoras solo podrán repercutir al titular como máximo el importe de la comisión que le aplique el banco al que pertenezca el cajero.
Para la operativa a crédito, la comisión que se aplicará a los usuarios de cajeros será como máximo la que tenga establecida cada entidad en la operativa de reintegro en sus propios cajeros, más la comisión que aplique el banco del cajero donde se realice el reintegro.
En todos los casos, las pantallas del cajero informarán al cliente del coste de la operación. El cliente podrá optar por realizar la operación con conocimiento de su coste o cancelar la misma.
Comisiones por reintegros que se aplican a clientes de Activobank
Banco Sabadell, con el fin de ofrecer una amplia red de cajeros a sus clientes, mantiene un acuerdo de colaboración con unas condiciones preferentes en las retiradas de efectivo con diversas entidades de la red EURO 6000: Abanca, Ibercaja, Kutxabank, Unicaja, CajaSur, Caixa Ontinyent y Colonya Caixa Pollença.
Por este acuerdo, las condiciones de reintegros de efectivo en cajeros para clientes de Activobank quedan de la siguiente forma:
Comisiones por reintegros nacionales en cajeros con tarjeta de débito | Cualquier importe |
Cajeros Banco Sabadell | 0€ |
Cajeros entidades acuerdo | 0€ |
Cajeros resto entidades | Comisión que aplique la entidad propietaria del cajero |