BS Confirming
¿Cómo cumplir con los plazos de pago fijados por la nueva Ley de lucha contra la morosidad?
La nueva Ley 15/2010 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales determina plazos máximos de pago a proveedores de 60 días para las transacciones entre empresas y de 30 días en el caso de las administraciones públicas.
Estos plazos máximos de pago se van a imponer progresivamente para facilitar la adaptación de las empresas, de forma que hasta finales de 2011 se permitirán plazos de pago de hasta 85 días, hasta finales de 2012 serán 75 días, entrando plenamente en vigor los 60 días en 2013.
Se han previsto algunas excepciones en su aplicación, principalmente en lo relativo a las empresas constructoras de obra civil, que mantienen contratos con las diferentes administraciones públicas, que durante dos años dispondrán de mayores plazos de pago a sus proveedores o subcontratistas. Para el pago de productos agroalimentarios frescos y perecederos se mantienen los 30 días de plazo máximo que ya estaban en vigor.
En algunos sectores de actividad, la práctica generalizada de las empresas dista mucho de los plazos máximos previstos por esta nueva key, por lo que es previsible un impacto muy relevante en los balances de la mayoría de empresas:
- En el activo, la partida de cuentas a cobrar tenderá a reducirse en la medida en que sus clientes pagarán a plazos más cortos.
- En el pasivo, el capítulo de proveedores tenderá también a reducirse en la medida que deberá pagar sus compras en plazos más ajustados, lo que deberá ser compensando por otras fuentes de financiación.
Las necesidades operativas de fondos se van a incrementar inevitablemente en todas aquellas empresas que no puedan compensar la reducción de su cuenta de proveedores en su pasivo con una similar reducción de su cuenta de clientes en su activo.
Banco Sabadell, a través de BS Confirming (servicio de gestión de pagos a proveedores), ofrece de forma integrada en un solo contrato la mejor solución para resolver esta situación:
- Externalización de su función de pagos (con el consiguiente ahorro en costes).
- Financiación sin recurso a favor de sus proveedores (que podrán -si así lo desean- disponer de una nueva fuente de financiación sin impacto en sus balances).
- Financiación de su propio circulante (mediante una prórroga del vencimiento de sus pagos a proveedores).
Esta última prestación, la prórroga de BS Confirming, permite al ordenante de los pagos cumplir estrictamente con la nueva legislación (sus proveedores cobrarán a los 60 días o incluso antes si así lo solicitan) al mismo tiempo que alivia sus tensiones de tesorería al demorar la fecha de adeudo en su cuenta correspondiente a los pagos efectuados.
La prórroga de BS Confirming comporta un coste financiero a cargo de la empresa ordenante de los pagos que lo solicita y está disponible en dos modalidades:
- Prórroga puntual, en caso de necesidad puntual.
- Prórroga sistemática, en caso de necesidad recurrente o estructural.
En el actual contexto de restricciones del crédito, este servicio ha adquirido todavía mayor dinamismo y protagonismo: en el primer semestre del año se han ofrecido a las pymes españolas más de 3.000 millones de euros en financiación preconcedida mediante BS Confirming, de los que el 60% se han pagado por anticipado.